La Unión Europea ha aprobado el Reglamento (UE) 2026/405 para modernizar el sector de la limpieza, sustituyendo la legislación de 2004 con un enfoque en la sostenibilidad ambiental, la seguridad del consumidor y la transformación digital.
- Sostenibilidad y protección ambiental: La normativa establece criterios ambientales más rigurosos para reducir el impacto del sector:
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- Biodegradabilidad: Se mantienen las exigencias para tensioactivos y se añaden nuevas metas; las cápsulas (películas poliméricas) deberán ser biodegradables para el 23 de marzo de 2032, y el resto de sustancias orgánicas en alta concentración para 2034.
- Control del Fósforo: Se mantienen límites estrictos de fosfatos y compuestos de fósforo en detergentes para ropa y lavavajillas de consumo para evitar la eutrofización del agua.
- Fin de ensayos con animales: Se prohíbe comercializar productos o ingredientes probados en animales para cumplir esta norma, priorizando métodos alternativos validados.
- Innovación en productos y venta: El reglamento aborda por primera vez realidades modernas del mercado:
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- Microorganismos: Se establecen reglas de seguridad para productos que usan bacterias como agentes de limpieza, garantizando el uso de cepas seguras y no modificadas genéticamente.
- Venta mediante recarga: Para reducir el plástico de un solo uso, se fomenta la venta a granel en estaciones de recarga bajo normas estrictas de seguridad, especialmente para proteger a los niños.
- Revolución Digital: La tecnología se utiliza para mejorar la transparencia y trazabilidad:
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- Pasaporte Digital de Producto: Cada modelo de detergente tendrá un pasaporte accesible que facilitará la vigilancia aduanera y asegurará que solo circulen productos conformes.
- Etiquetado Digital: Se permite el uso de códigos QR para información detallada; sin embargo, la información crítica sobre seguridad, precauciones y dosificación debe aparecer siempre en la etiqueta física.
- Calendario de implementación: La adopción de la norma será gradual para permitir la adaptación industrial:
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- Entrada en vigor: El reglamento es oficial desde marzo de 2026.
- Aplicación obligatoria: El cumplimiento general será exigido a partir del 23 de septiembre de 2029, fecha en la que se derogará la normativa anterior.
- Periodo de transición: Los productos que ya estén en las estanterías antes de septiembre de 2029 podrán venderse hasta agotar existencias. Los productos introducidos bajo la norma antigua entre septiembre de 2029 y septiembre de 2030 solo podrán comercializarse hasta el 23 de septiembre de 2030.
Otros hitos clave incluyen la evaluación de la reducción de fósforo en marzo de 2028 y la definición de requisitos técnicos para el etiquetado digital en octubre de 2028.




