Propuesta que complementa la Directiva sobre el empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica.
La Comisión Europea presentó en marzo de 2023 una propuesta para regular las declaraciones medioambientales. La propuesta de Directiva sobre alegaciones ecológicas (Green Claims Directive) complementa la Directiva de febrero de 2024 sobre el empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica. Esta última Directiva establece requisitos sobre alegaciones medioambientales y prohíbe las genéricas basadas en un excelente comportamiento medioambiental. La nueva propuesta sobre alegaciones ecológicas completa los requisitos de dicha Directiva y trata aspectos y requisitos específicos para alegaciones medioambientales explícitas.
Esta nueva propuesta de Directiva pretende evitar la desinformación y prevenir el greenwashing o “lavado verde”, tratando de lograr una comercialización transparente de los productos y asegurar que las declaraciones incluidas en las etiquetas sean verificables, fiables y comparables. Para esto, las empresas deben incluir declaraciones justificadas acorde a unos requisitos establecidos y la información utilizada para justificarlas debe tener base científica. Además, las alegaciones medioambientales explícitas deben ser evaluadas para fundamentarlas, teniendo en cuenta el ciclo de vida del producto o del comerciante. Esta evaluación debe permitir identificar impactos y aspectos medioambientales del producto o comerciante que inciden en su comportamiento medioambiental. En cuanto a las alegaciones medioambientales comparativas, debe garantizarse que pueden ser comparadas de forma adecuada.
Por otra parte, las declaraciones deben ser evaluadas y también verificadas por un tercero acreditado, y la información sobre la fundamentación debe ser también comunicada a los consumidores. Esta Directiva se aplica a las alegaciones medioambientales explícitas voluntarias, y también a los sistemas de etiquetado medioambiental voluntarios no regulados. Aquellas alegaciones medioambientales a las que se aplica alguna normativa europea no están sujetas a esta Directiva. En cuanto a los sistemas de etiquetado, a partir de ahora sólo se permitirán los establecidos por las autoridades públicas, o sistemas basados en una certificación de conformidad expedida por un verificador independiente. Otras etiquetas que ya están bajo alguna legislación europea (por ejemplo, la Ecolabel), también se permitirán debido a su fundamento en una legislación europea.
Los Estados miembros deben establecer procedimientos para garantizar la verificación de las justificaciones y la comunicación de las alegaciones por un verificador que expida un certificado de conformidad con los requisitos para la etiqueta o la declaración. Esta Directiva es de aplicación para todas las empresas que comercialicen productos o servicios en la Unión Europea y que incluyan en sus productos o servicios declaraciones ambientales, excluyendo a las microempresas, que quedan exentas de los requisitos de justificación, a menos que soliciten la verificación de forma voluntaria.
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